Se amplía el plazo para acogerse al IVA de caja hasta el 31 de marzo

El Gobierno ha decidido ampliar el plazo para acogerse al IVA de caja hasta el 31 de marzo de 2014. 

La nueva medida, dirigida a pymes y autónomos, y que consiste en aplazar el pago del impuesto hasta que se cobre la factura, no ha estado exenta de dudas y preguntas, por lo que el Real Decreto 1042/2013 de 27 de diciembre, en su disposición final, incluye la citada ampliación de plazo para darse de alta en el nuevo régimen.

Para inscribirse hay que indicar en el modelo de alta de actividad o a través del Modelo 036 de declaración censal, el deseo de acogerse al IVA de caja. Una vez dado de alta, éste se renovará automáticamente cada año a no ser que la pyme o el autónomo indiquen lo contrario o no cumplan los requisitos exigidos.

Para beneficiarse de la medida hay que contar con un volumen de operaciones inferior a dos millones de euros y no haber cobrado más de 100.000 euros en efectivo de ningún cliente. Si se incumplen estos requisitos, la empresa dejará de pertenecer a este régimen y volverá al criterio de devengo.