Claves de la Reforma Laboral

 CONSULTE LA REFORMA LABORAL

Publicado el texto del Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, detallamos en la siguiente información algunas de las claves de la nueva normativa, en vigor desde el pasado 12 de febrero, que pueden centrarse en tres aspectos fundamentales: abaratamiento del despido, estímulo al emprendedor/PYMES y modificación integral de la negociación colectiva. 

A continuación, relatamos algunas de las cuestiones más relevantes de la nueva Ley:

DESPIDOS IMPROCENTES: Se elimina la indemnización de 45 días de salario por año trabajado con el tope de 42 mensualidades y pasa a ser de 33 días por año con un tope de 24 mensualidades.

DESPIDOS OBJETIVOS: En el caso de los despidos objetivos por amortización de puestos de trabajo, su regulación se mantiene en sus propios términos, no obstante, en lo que se refiere a la disminución persistente del nivel de ingresos o ventas, como causa que justifica el despido, la nueva normativa determina que en todo caso se entenderá que la disminución es persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos.

EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO: Se introducen algunas novedades como que ya no es la autoridad laboral administrativa quien ha de autorizar el ERE, sino que sólo es competente en los casos en que se tramite por causas de fuerza mayor. Además, la competencia para el examen y control de estos despidos colectivos pasa a ser de los Juzgados de lo Social para lo cual se ha establecido un procedimiento judicial nuevo.

MOFICIACIONES SUSTANCIALES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO: La nueva Ley permite a las empresas modificar cualesquiera condiciones de trabajo, se refieran éstas a la jornada, al horario, a los turnos de trabajo, a los salarios, a las funciones a desarrollar, etc..., aunque estas condiciones provengan de convenios o pactos colectivos.

NUEVO CONTRATO INDEFINIDO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES: Las empresas que tengan menos de 50 trabajadores podrán formalizar estos nuevos contratos indefinidos que deberán formalizarse a jornada completa  y conllevarán incentivos fiscales y bonificaciones en cuotas de la SS en el caso de la contratación de menores de 30 años.

POTENCIACIÓN DE LA FIGURA DEL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE: La duración mínima del contrato de formación será de 1 año y máxima 3. La formación teórica se podrá realizar en la propia empresa y se amplia la edad máxima para su formalización hasta los 30 años, además de nuevas reducciones de cuotas en entos contratos para todas las empresas.