Destacamos en este post una de las medidas que contemplará la nueva Ley de apoyo al emprendedor y su internacionalización -la creación de empresas en 24 horas- cuyo Anteproyecto recibió el pasado 24 de mayo el visto bueno del Consejo de Ministros para su posterior aprobación por las Cortes.
Uno de los objetivos de la Ley es avanzar en la simplificación de las cargas administrativas a las que se enfrentan los emprendedores, entre las que destacan los trámites que hay que realizar para crear una empresa. En la actualidad y por término medio, los trámites burocráticos dilatan el proceso unos 28 días, durante los que hay que realizar una docena de gestiones.
Este impulso a la creación exprés de empresas se pretende lograr mediante la centralización de las actuaciones y se completará con la posibilidad de poner en marcha un negocio sin escritura pública en 24 horas, con un coste de 40 euros. Con escritura, el plazo será de 48 horas y el coste de 100 euros.
Además, se establece que para reducir las cargas administrativas a las que se enfrentan los emprendedores, las Administraciones Públicas deberán asegurarse de eliminar, al menos, una carga administrativa por cada una que introduzcan y siempre a coste equivalente.
Se reducen las cargas estadísticas, de forma que se garantiza que los empresarios no deban contestar más de una encuesta para el Instituto Nacional de Estadística durante el primer año de actividad si tienen menos de cincuenta trabajadores.
Más competencias en PRL En materia laboral, se amplían los supuestos en que las Pymes podrán asumir directamente la prevención de riesgos laborales (PRL), en caso de empresarios con un único centro de trabajo y hasta veinticinco trabajadores.
Amplía el umbral de superficie de los establecimientos En el ámbito de las actividades de servicios, se modifica la Ley de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, del 26 de diciembre de 2012, para ampliar el umbral de superficie máxima de los establecimientos que estarán exen-tos de licencia municipal, así como para ampliar la lista de actividades exentas de solicitar una licencia municipal.
Se elimina el libro de visitas. Se elimina la obligación de que las empresas tengan, en cada centro de trabajo, un libro de visitas a disposición de los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de los funcionarios técnicos habilitados para el ejercicio de actuaciones comprobatorias en materia de prevención de riesgos laborales. En su lugar, será la Inspección de Trabajo la que se encargue de mantener esa información por medios electrónicos.
Por otro lado, se abre la posibilidad de que los empresarios legalicen telemáticamente sus libros obligatorios en el Registro Mercantil.
Novedades en los registros contables. En el ámbito de la contabilidad también hay novedades. En concreto y a falta de más detalles, se racionalizan las exigencias de información económico-financiera de las empresas. Se elevan los umbrales máximos para la formulación del balance abreviado, para ampliar el número de empresas que pueden formular el balance, la memoria y el estado de cambios en el patrimonio neto abreviados y que están exentos de formular el estado de flujos de efectivo.
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