La gestión de la Reputación y la Responsabilidad Social Corporativa en la estrategia de empresa

Los expertos hablan ya de la nueva economía de la reputación, una definición que acuñan como resultado de la "crisis de confianza" que han sufrido las empresas ante el incremento de sus beneficios en los últimos años, en relación a su compromiso social con su entorno.

Ahora, la necesidad de mantener una reputación buena y una relación óptima con los stakeholders, es decir, con los públicos de interés de la organización, ha hecho que los directivos españoles se den cuenta de que la confianza de los clientes y consumidores en sus empresas, es un aspecto influyente en la recuperación económica y, como consecuencia de ello, estén apostando por recuperar la credibilidad perdida.

Por eso, las políticas y acciones de Responsabilidad Social Corporativa (RSC), junto a la gestión de la reputación, tienen hoy un peso significativo en las estrategias empresariales.

Las principales corporaciones de nuestro país como Repsol, Telefónica, Gas Natural, El Corte Inglés, el BBVA, Danone o Meliá, se han unido en el grupo "Corporate Excellence - Center for Reputation Leadership", un laboratorio de ideas desde el que promueven la gestión de sus marcas y su reputación corporativa como valores estratégicos para la excelencia empresarial. 

Estas empresas pueden medir los resultados de los proyectos de responsabilidad social que desarrollan a través de distintas herramientas de gestión y control interno que analizan si dichos proyectos tienen un impacto positivo en sus ámbitos de aplicación.

¿Pero puede una PYME gestionar su marca y su reputación corporativa?

Salvando algunas distancias, sobre todo las referidas a los grandes números, las PYMES no dejan de ser negocios con una organización particular para cumplir los objetivos planteados. Cada una tiene su estructura y su método de trabajo pero todas necesitan relacionarse con su mercado para lograr esos objetivos.

La irrupción de Internet, el Marketing Online y las Redes Sociales han facilitado la comunicación de las pequeñas marcas en su entorno más y menos cercano. Algunas apuestan ya por las webs 2.0. y tienen perfiles en las principales redes sociales para generar un clima de confianza con sus públicos, esto es, consiguen entablar una relación de proximidad que las permite detectar los gustos, necesidades y expectativas de sus consumidores. Así, una buena relción con los stakeholders genera una buena reputación a la marca y a la empresa.

Esta confianza también se gana o se recupera mediante la participación de la empresa en acciones socialmente responsables hacia el entorno que la rodea.

La RSC engloba una serie de prácticas que cualquier empresa puede realizar: por una parte, aquellas que tienen que ver con su funcionamiento interno, como tratar bien a sus empleados y, por otra, las que tienen un impacto positivo en la sociedad a través de proyectos de voluntariado, cooperación, medio ambiente, etc.

Estas últimas, pueden llevarse a cabo desde la propia organización, a través de proyectos propios, o promoviendo actividades con otras entidades y colectivos, como Fundaciones o Asociaciones que ya desarrollan una tarea social. El Patrocino, es por tanto, un instrumento de cooperación que favorece el Compromiso Social en la empresa.

En definitiva, cualquier PYME tiene hoy en su mano la posibilidad de adquirir o recuperar su reputación gracias a una gestión eficaz de la Responsabilidad Social Corporativa y a una política de comunicación y proyección de la marca, dentro de su estrategia empresarial.

Claves de la Reforma Laboral

 CONSULTE LA REFORMA LABORAL

Publicado el texto del Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, detallamos en la siguiente información algunas de las claves de la nueva normativa, en vigor desde el pasado 12 de febrero, que pueden centrarse en tres aspectos fundamentales: abaratamiento del despido, estímulo al emprendedor/PYMES y modificación integral de la negociación colectiva. 

A continuación, relatamos algunas de las cuestiones más relevantes de la nueva Ley:

DESPIDOS IMPROCENTES: Se elimina la indemnización de 45 días de salario por año trabajado con el tope de 42 mensualidades y pasa a ser de 33 días por año con un tope de 24 mensualidades.

DESPIDOS OBJETIVOS: En el caso de los despidos objetivos por amortización de puestos de trabajo, su regulación se mantiene en sus propios términos, no obstante, en lo que se refiere a la disminución persistente del nivel de ingresos o ventas, como causa que justifica el despido, la nueva normativa determina que en todo caso se entenderá que la disminución es persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos.

EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO: Se introducen algunas novedades como que ya no es la autoridad laboral administrativa quien ha de autorizar el ERE, sino que sólo es competente en los casos en que se tramite por causas de fuerza mayor. Además, la competencia para el examen y control de estos despidos colectivos pasa a ser de los Juzgados de lo Social para lo cual se ha establecido un procedimiento judicial nuevo.

MOFICIACIONES SUSTANCIALES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO: La nueva Ley permite a las empresas modificar cualesquiera condiciones de trabajo, se refieran éstas a la jornada, al horario, a los turnos de trabajo, a los salarios, a las funciones a desarrollar, etc..., aunque estas condiciones provengan de convenios o pactos colectivos.

NUEVO CONTRATO INDEFINIDO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES: Las empresas que tengan menos de 50 trabajadores podrán formalizar estos nuevos contratos indefinidos que deberán formalizarse a jornada completa  y conllevarán incentivos fiscales y bonificaciones en cuotas de la SS en el caso de la contratación de menores de 30 años.

POTENCIACIÓN DE LA FIGURA DEL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE: La duración mínima del contrato de formación será de 1 año y máxima 3. La formación teórica se podrá realizar en la propia empresa y se amplia la edad máxima para su formalización hasta los 30 años, además de nuevas reducciones de cuotas en entos contratos para todas las empresas.

Felipe Vela, 37 años en la profesión

Fotografía de Francis Villegas

Felipe Vela Jiménez es el fundador de vela cjc consulting; cursó estudios de Comercio en las Escuelas de Comercio y Cádiz, aprobó la oposición de Censor Jurado de Cuentas (actual carrera de Auditoría), en 1975, siendo con toda probabilidad, con tan sólo veinticuatro años el censor más joven de España, y se licenció en Derecho en la Universidad de Extremadura. Es profesor de la Escuela de Prácticas Jurídicas de la UEX y lleva más de 35 años dedicado a la profesión.

Estrenamos blog informativo

Desde vela cjc consulting abrimos este Blog Informativo dirigido a nuestros clientes, empresas y a la sociedad, en general, con el fin de ofrecerles la actualidad económica y empresarial desde nuestra óptica y experiencia como consultores profesionales de la empresa, abogados y auditores.

Abordaremos la nueva legislación y cambios de normativa que afectan a las empresas, corporaciones y negocios, y nos posicionaremos como una consultora Online, ofreciendo un servicio de asesoramiento y consulta por Internet sobre los productos y servicios de nuestra firma.

A través de este nuevo espacio de comunicación, apoyado en las nuevas tecnologías de la información, pretendemos poner en valor y acercarles nuestra política de empresa, la que nos ha distinguido y posicionado como consultora de referencia, orientada a detectar y atender de manera personalizada los asuntos de cada uno de nuestros clientes, gracias a la gestión transparente y eficaz de nuestra firma y un equipo humano cualificado y especializado por áreas. 

Queremos adelantarnos a sus necesidades y ofrecerles a través de este Blog una fuente de información y consulta gratuita sobre la actualidad económica y empresarial.

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