Apoyo a los emprendedores (Programa Nacional de Reformas, 26 abril 2013)

Resumimos en esta entrada las principales medidas dirigidas a los emprendedores, en el marco del Proyecto de Ley de Apoyo al Emprendedor y su Internacionalización anunciado por el Gobierno dentro del Programa Nacional de Reformas presentado el pasado 26 de abril de 2013:

Medidas fiscales de apoyo al emprendedor:

- Régimen especial en el IVA, de carácter voluntario, que permita no ingresar el IVA hasta cobrar la factura.
- Nueva deducción por inversión de beneficios para empresas de reducida dimensión.
- Ampliación de la deducción por actividades de investigación y desarrollo.
- Incentivos fiscales a los inversores informales en emprendimiento. 

Medidas para impulsar la financiación de los emprendedores:

- Eliminación de cargas para incentivar la emisión de valores en el Mercado Alternativo de Renta fija.
- Flexibilización de la regulación de acuerdos de refinanciación.
- Acceso a cédulas y bonos de internacionalización.

Apoyo a la Iniciativa Emprendedora y al crecimiento de proyectos empresariales:

- Inclusión de formación en materia de emprendimiento en la educación obligatoria.
- Reducción del riesgo: Creación de la figura del emprendedor de responsabilidad limitada.
- Reducción de coste de constitución: Creación de la figura de Sociedad Limitada de Formación Sucesiva, sin capital mínimo.
- Agilización de trámites y eliminación de cargas:
  • Constitución de Sociedades de responsabilidad limitada de forma ágil.
  • Supresión de la exigencia de licencias de actividad en determinados servicios y condiciones.
  • Reducción de cargas administrativas, contables y de información estadística.
- Facilidad de acceso a la contratación pública, elevando los umbrales para la exigencia de clasificación.

Fomento de la segunda oportunidad: Articulación de un mecanismo extrajudicial de pagos.

Medidas para impulsar la internalización de los emprendedores: Revisión de los instrumentos de fomento a la internacionalización y definición de una estrategia alineada con las necesidades de los emprendedores.

Convocatoria de pruebas de acceso al ROAC

En el B.O.E. de 26 de abril de 2013, nº 100, aparece publicada la Orden ECC/682/2013, de 15 de abril, del Ministerio de Economía y Competitividad, por la que se publica la convocatoria de examen de aptitud profesional, exigido como requisito para obtener la inscripción en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Las solicitudes de admisión, acompañadas de la documentación pertinente, deberán presentarse en la sede del Instituto o en cualesquiera de sus Agrupaciones Territoriales y Colegios en el plazo de 40 días desde el día siguiente a la fecha de publicación en el B.O.E., es decir, hasta el 5 de junio de 2013, inclusive.

Aquellos que deseen conocer los detalles de la convocatoria pueden hacerlo a través de la página web del Instituto (www.icjce.es), donde se encuentra disponible el texto íntegro de la mencionada
Orden Ministerial.

Estas pruebas, al igual que en ocasiones anteriores, se celebrarán en Madrid y Barcelona, en el lugar, día y hora que determine el Tribunal. La Orden indica que para la primera prueba deberá transcurrir, al menos tres meses desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y para la realización de la segunda prueba no deberá transcurrir un período de tiempo superior a seis meses desde la realización de la primera prueba.

El Instituto de Censores tiene previstos los siguientes procesos encaminados a la preparación de la segunda prueba práctica por aquellos interesados en realizarlas:
Cursos presenciales en las Agrupaciones/Colegios con un número mínimo de interesados. Se concretará su contenido y fechas de celebración con un plazo suficiente para permitir una preparación adecuada.
 
Cursos en modalidad distancia on-line por parte del Departamento de Formación del Instituto con una duración de 150 horas.

Tanto en unos como otros se hará énfasis en la solución de ejercicios de convocatorias anteriores.

Para mayor información sobre estos temas, puede consultar tanto en la sede del Instituto, como en
cualquiera de las Agrupaciones o Colegios territoriales, o a través de la página web www.icjce.es

 Información del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España