Novedades Fiscales de la Ley de Emprendedores: nuevo incentivo fiscal en el IRPF

Con el objeto de favorecer la captación por empresas, de nueva o reciente creación, de fondos propios procedentes del contribuyente se establece un nuevo incentivo fiscal en el IRPF.

  • Exclusión de las ganancias patrimoniales procedentes de la transmisión de vivienda habitual o de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación, siempre que las mismas se reinviertan.
  • Se modifica el cálculo de la cuota líquida estatal. Se tiene en cuenta la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación.
  •  Se incorpora una nueva deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación. Los contribuyentes pueden deducirse un 20% hasta un máximo de 50.000. Necesario el cumplimiento de requisitos y condiciones.
  • Modificaciones en las deducciones en actividades económicas y sus límites.
  • Se modifica el cálculo de la cuota líquida autonómica.
  • Se modifica la DA trigésima octava de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre. Aplicación de determinados incentivos fiscales.
FUENTE: Aranzadi.

Cambio en el concepto de PYME para reactivar el crédito

El Banco de España proyecta cambiar el concepto de pequeña y mediana empresa para la reactivación del crédito; se trataría de ampliar los límites actuales que consideran pyme a empresas de menos de 50 empleados y una facturación máxima de 5,7 millones de euros y 2,8 millones de activos.

La propuesta es ampliar esos límites hasta los 250 empleados, 50 millones de euros de facturación y  43 millones de activos. Un salto, sin duda, cuantitativo que pretende que empresas más grandes se beneficien también de una norma que da prioridad a la financiación de las pequeñas y medianas empresas.

La nueva normativa ya fue avanzada por el Gobierno el pasado mes de agosto en el marco de las medidas para que fluya el crédito. 

La aprobación de la nueva ley también impedirá que a una pyme que esté al día en el pago de intereses y del principal de una financiación bancaria, ésta se le retire sin preaviso, para que pueda encontrar de forma efectiva financiación alternativa.

Curso del ICJCE para el exámen de acceso al ROAC

El Departamento de Formación del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España comenzará a partir del próximo 15 de julio el Curso de preparación de la fase práctica del examen de acceso al Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC) o Curso de Auditoría Aplicada. 
 
Dicho curso se impartirá de manera presencial, a distancia y combinado, con el fin de ofrecer la mayor flexibilidad posible a los candidatos para la preparación de la prueba práctica del acceso al ROAC. Las clases presenciales se impartirán en las sedes de las Agrupaciones Territoriales y Colegios del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España y contarán con 48 horas divididas en 12 sesiones de cuatro horas; mientras que los cursos a distancia constarán de más de 150 horas de formación.

Los cursos a distancia darán comienzo el próximo 15 de julio y su finalización está prevista el 13 de diciembre, siempre dependiendo de la fecha en la que finalmente quede fijada la celebración de la prueba práctica. Para más información: Tf.: 91 446 03 54, escuela@icjce.es.

El contenido de este curso está completamente centrado en las exigencias y en el nivel requerido en la mencionada prueba, y se basará en las experiencias y conocimientos de convocatorias anteriores. Profesionales de reputada experiencia serán los encargados de explicar las materias, y los materiales docentes han sido elaborados, revisados y mejorados, adaptándolos a las exigencias del examen práctico y a la nueva normativa.

Los resultados de pruebas anteriores, que se convocaron en febrero de 2011 y concluyeron en diciembre del mismo año con la celebración de la prueba práctica, muestran claramente que las pruebas de acceso al ROAC constituyen un proceso selectivo riguroso como se corresponde con la profesionalidad y responsabilidad exigibles en los trabajos firmados por los auditores de cuentas.

En definitiva, tanto para el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España como para los aspirantes a la inscripción en el ROAC, el trabajo del último semestre del año deberá ser concentrado y productivo, para conseguir superar las pruebas con el mayor éxito posible, debiendo combinar -en ambos casos- esta actividad con las ordinarias del día a día del trabajo en auditoría. Un importante reto tras el que espera una importante recompensa: el reconocimiento profesional y social como auditor de cuentas, con capacidad legal para proceder a la firma de informes de auditoría, que no olvidemos, constituye un servicio considerado como bien público en nuestro sistema económico.

FUENTE: INSTITUTO CENSORES JURADOS DE CUENTAS DE ESPAÑA