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Cómo acogerse al procedimiento de mediación concursal

A través de la mediación, las empresas o personas físicas con dificultades económicas y empresariales pueden evitar la declaración de concurso de acreedores y resolver sus problemas mediante un "acuerdo extrajudicial de pagos".

La mediación concursal, que se está introduciendo en estos momentos en nuestro país, ofrece la posibilidad de resolver la situación de la empresa y llegar a un acuerdo sin tener que acudir a los tribunales. 

Para acogerse a este procedimiento hay que solicitarlo ante notario, si se trata de personas físicas, autónomos o sociedades inscribibles, y ante el Registro Mercantil, los empresarios o entidades incribibles. Los requisitos pasan por encontrarse en situación de insolvencia, que el pasivo no supere los cinco millones de euros, y que se dispongan de activos para satisfacer los gastos del acuerdo. Se incluirán en la solicitud la relación de activos y efectivos líquidos y el listado de acreedores.

El notario o registrador mercantil se encargan de designar al mediador concursal que negociará con el deudor y los acreedores, fijando la cuantía real de la deuda, los activos del deudor y valorando la posibilidad de realizar la propuesta de acuerdo extrajudicial. 

Si se lleva adelante la propuesta de acuerdo, tiene viabilidad y es aceptada por los acreedores, se formalizará el acuerdo, evitando así el concurso de acreedores. 

Se trata de un procedimiento rápido, sencillo y mucho más barato que la vía judicial. 

La futura figura del Mediador

Desde vela cjc consulting recomendamos estar muy atentos a la evolución y posterior aprobación de la futura Ley de Emprendedores, que pretende una mejor financiación y evitar fracasos en la puesta en marcha de nuevos negocios.

Uno de los pilares importantes para este fin será legislar un proyecto extrajudicial para resolver los problemas de endeudamiento y evitar que las PYMES, como ocurre ahora, tengan que recurrir a un concurso de acreedores para refinaciar su deuda.

Nos encontraremos así ante un concurso de acreedores "ad hoc" para personas físicas o pequeños empresarios, con una primera etapa extrajudicial en la que será clave la figura del "Mediador" , que tendrá como misión lograr el mejor acuerdo posible que permita al empresario, en un tiempo razonable, saldar sus deudas y reconducir su proyecto empresarial.

Apoyada en la legislación francesa, esta medida permitirá a las empresas, con el concurso del "Mediador", establecer un plan de choque tendente a evitar el concurso de acreedores, en el que se contemplarían actuaciones de refinanciación que podrían ir desde la congelación de pagos a proveedores, a aplazamientos de los mismos con las Administraciones, pasando por liquidación de estocaje para obtener liquidez inmediata, todo ello basado en la credibilidad que la figura legal del "Mediador" proporcionaría a terceros.

Esperamos que esta nueva figura goze de las garantías profesionales necesarias para dar cumplimiento al fin último de este procedimiento extrajudicial, que no es otro que el empresario no ha llegado a esta situación por una conducta irresponsable.